Diferencias salariales
Si a Ud. no le liquidan sus salarios en base al Convenio Colectivo de Trabajo que por derecho le corresponde –y le imponen otros Convenio Colectivo de Trabajo menos beneficioso-, tiene derecho a reclamar diferencias salariales por adicionales y por el salario básico de convenio impagos, o abonados insuficientemente.
Si a Ud. le liquidan sus salarios en base al Convenio Colectivo de Trabajo que le corresponde, pero no le abonan determinados adicionales por las tareas que Ud. realiza, puede reclamar diferencias salariales.
Si a Ud. le liquidan como personal "Fuera de Convenio", pero en realidad le corresponde el amparo de un Convenio Colectivo de Trabajo y todos los beneficios derivados del mismo, puede reclamar diferencias salariales.
En todos los casos, el reclamo se puede realizar de dos formas: Considerarse despedido (despido indirecto), "cortando" el vínculo laboral y reclamando indemnizaciones por despido y diferencias salariales.
Mantener el vínculo vigente, y continuar prestado tareas para el empleador, pero formulando (primero) un reclamo administrativo ante el SECLO por diferencias salariales, y en caso de no haber acuerdo entre partes, planteando una demanda en sede judicial. En caso de que fuere despedido luego de formular el reclamo por diferencias salariales y manteniendo el vínculo laboral, Ud. puede plantear que su despido fue discriminatorio.